Los padres comentan en forma de broma acerca de que los niños son “pequeñas deducciones” en sus impuestos cada mes de abril. Estas pequeñas deducciones se han convertido en estímulos fiscales muy importantes. Sólo tiene que conocer cuáles son las que están disponibles para usted. Las posibles deducciones incluyen la exención de un dependiente, el crédito tributario por hijos, el crédito tributario adicional por hijos, el crédito fiscal por dependientes a su cuidado y el crédito tributario por ingreso del trabajo. Estas son numerosas deducciones.
1. La Exención de Dependientes, válido para su declaración de impuestos del 2010, como un reembolso por $3,650 de su ingreso tributable por cada niño en la familia, que califica como dependiente, significa que usted reduce $3,650 de los impuestos que paga por su ingreso total, por cada niño.
2. El Crédito Tributario por Hijos, válido para su declaración de impuestos del 2010, como un reembolso por $1,000 por cada hijo a su cargo menor de 17 años de edad, esto es mejor, incluso que una exención, porque significa que la cantidad real de impuestos que usted debe, se reduce en $1000 por cada niño.
3. El Crédito Tributario Adicional por Hijos, es un crédito adicional en el que solo algunos padres pueden calificar. Si éste es su caso, significa que tienen derecho a un crédito adicional. También puede recibir un reembolso por esto.
4. El Crédito Fiscal por Dependientes a su Cuidado, ayuda a los padres con hijos menores de 13 años a cubrir algunos gastos por el cuidado de los niños. Usted puede solicitar un crédito equivalente al 20 por ciento o más, de los gastos que se generen por el cuidado de los niños, de hasta $3,000.00 por niño. Por ejemplo, si usted reclama $3,000 dólares por los costos del cuidado de niños, por un niño, al año, usted tendría derecho a un crédito de al menos $600. Si el reclamo es de $3,000 por dos niños, tendría derecho a un crédito de $1,200.
5. El Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo, es un crédito fiscal para los padres que trabajan y tienen bajos ingresos. Esto reduce la cantidad de impuestos que deben pagar e incluso pueden darles un reembolso.
La información de todos estos créditos está disponible en las publicaciones del Servicio de Rentas Internas (IRS), las cuales hemos enumerado a continuación. Su consejero de Family Financial Foundation Education, puede ayudarle también a encontrar esta información.
La Exención de Dependientes, publicación 501.
El Crédito Tributario por Hijos, publicación 972.
El Crédito Tributario Adicional por Hijos, publicación 972.
El Crédito Fiscal por Dependientes a su Cuidado, publicación 503.
El Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo, publicación 596.
Todas estas publicaciones están disponibles en Internet en irs.gov o puede llamar al 1-800-829-3676 para solicitar una copia gratuita por correo.